Análisis y documentos de historia dominicana

miércoles, 16 de septiembre de 2015

Expediente contra el general José Francisco Morillo

Por Rafael Darío Herrera (editor)

José Francisco Morillo era un caudillo decimonónico, nativo de Santiago de los Caballeros, que se identificó en principio con el expresidente Juan Isidro Jimenes y más tarde con el caudillo liniero Desiderio Arias. Luego del asesinato de Arias el 20 de junio, 1931, Morillo se refugió en Cabo Haitiano junto con una parte de su familia. Al poco tiempo, y por los rigores propios del exilio hizo contacto con el cónsul dominicano en esa ciudad, Anselmo Paulino, quien diligenció su retorno al país, y por supuesto la sumisión a la dictadura.

En los primeros años del siglo XX, y mientras se desempeñaba como Jefe Comunal de Guaraguanó (Monción), Panchito Morillo agredió brutalmente, sin ninguna justificación, a José Gregorio Disla Gómez, n. 1866, nativo de Mao, tío de la educadora Camelia Disla, un simple vendedor de tabaco, mientras realizaba una transacción con el comerciante Eliseo Valle. Don Goyo procedió a levantar cargos contra Panchito. Hemos decidido publicar este expediente para resaltar como estos jefes utilizaban el poder para quebrantar los más elementales derechos de los ciudadanos.
El general Panchito Morillo junto a su esposa

Panchito era el padre del José de Js. Morillo López, exjefe de la Policía Nacional en 1966, durante los Doce Años de Joaquín Balaguer. El expediente está disponible en los Fondos Documentales del Archivo General de la Nación http://www.agn.gov.do

I
En la ciudad de San Fernando de Montecristi, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos siete, siendo las cuatro de la tarde.

Ante nosotros Felipe A. Viñas, juez de Instrucción del tribunal de primera instancia de este Distrito Judicial, asistido del infrascrito secretario compareció en nuestro despacho Gregorio Disla, alias Goyito, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión agricultor, natural de Mao y residente en La Cabuya, jurisdicción de Guaraguanó, y nos expuso que el día nueve del corriente, como a las once de la mañana, encontrándose el exponente en el caserío de Guaraguanó y estando en la morada del señor Eliseo Valle, a donde había ido a vender tabaco a este; en momento en que se hallaba hablando con él, se le acercó el comisario militar diciéndole que el jefe comunal deseaba verlo, contestándole el exponente le dijera a dicha autoridad que lo aguantar un momento; que después de haberse ausentado de allí el referido comisario, regresó nuevamente manifestándole al que habla que estaba arrestado, quitándole para el efecto un cuchillo que portaba; que después de este incidente se presentó allí el jefe comunal despojando al que habla de un collin (machete) que también portaba, dándole con dicha arma algunos planazos, propinándole a la vez un policía que se allí se encontraba armado de una carabina, golpes con esta por la cabeza, haciéndolo derramar mucha sangre, llevándolo seguidamente preso a la comandancia en donde permaneció encerrado seis días.

Agrega el querellante que para justificar el atropello de que fue víctima presenta como testigos a los señores Isaías Genao, comisario militar; Tomás Genao, general inspector; Avelino Durán, alcalde pedáneo; Pedro Durán, Bilín Bueno y Alejo Rodríguez, cuyos individuos serán citados cuando el tribunal lo juzgue conveniente.
En fe de lo cual levantamos el presente proceso verbal que leído al exponente y hallado correcto, fue requerido a firmar y dijo no conocer el arte, haciéndolo nosotros, juez y secretario que certifica.

Interrogatorio a José Francisco Morillo

En la ciudad de San Fernando de Montecristi, a los veinte y siete días del mes de junio de mil novecientos siete, siendo las nueve de la mañana.

Por ante nosotros Felipe A. Viñas, Juez de Instrucción del tribunal de primera instancia de este distrito judicial, asistido del infrascrito secretario, comparecieron por ante este juzgado tres individuos a los cuales le tomamos el juramente de ley e interrogamos en la forma siguiente, empezando por el primer compareciente.

P. Por su nombre y apellido, edad, estado, profesión, lugar de nacimiento y residencia.
R. Llamarse Francisco Morillo, de treinta y tres años, casado, jefe comunal de Villa Monción, natural de Santiago y residente en la Villa Monción.
P. ¿Es usted amigo o enemigo personal del señor Gregorio Disla?
R. Que solamente es conocido de él?
P. Que el expresado señor Gregorio Disla estableció por ante este nuestro despacho una querella contra usted y un agente de policía a su mando por haberle inferido golpes y heridas, haciéndolo derramar sangre de la cabeza, ¿qué responde usted a eso?

R. Que el día nueve del corriente mes, hallándose el exponente en la casa consistorial adonde había pasado una reunión vio al señor Gregorio Disla en la morada del señor Eliseo Valle mandando al comisario a decirle que llegara a donde el exponente, que pasados algunos minutos y no habiendo atendido al llamamiento, le ordenó nuevamente al consabido comisario pasara a la casa del citado Valle y dijera por segunda vez al mencionado Disla, le hiciera el favor de presentarse a donde el exponente se encontraba, contestándole el citado Disla que qué cuento era ese y que él no era hombre de Comandancia; que al oír el que habla esas palabras le ordenó al anunciado comisario lo llevara preso y al ir a este a intimarlo para que se rindiera preso, y despojarlo de las armas que portaba, se resistió haciendo uso de un cuchillo; que entonces se trabó una lucha entre ambos y viendo el dicente desde la referida casa consistorial lo que ocurría, se dirigió a auxiliar al comisario y que una allí, quitóle el exponente el collin que portaba el aludido Disla; que viendo el exponente la resistencia que hacía y habiéndosele encimado al que habla, hizo uso del collin propinándole algunos planazos llegando seguidamente el agente de policía Chucho Castillo con una carabina en la mano ordenándole el exponente a este le diera para poder contenerlo; que después de ese incidente se rindió humildemente teniéndolo arrestado por espacio de cinco días en la Comandancia.

P. ¿Con qué objeto requirió usted al preindicado Disla a su presencia?
R. Que con el propósito de llamarle la atención respecto de un compromiso que había hecho con el exponente.
P. ¿Quiénes se hallaban presentes cuando ocurrió el hecho?
R. Que el inspector Tomás Genao, Avelino Zapata y Elías Izquierdo.
P. ¿No tiene usted más nada que declarar?
R. Que era todo.

En fe de lo cual levantamos el presente acto que leído al exponente y hablado correcto fue requerido a firmar y lo hizo junto con nosotros Juez y Secretario que certifica.

Interrogatorio a Tomás Genao, Inspector de los poblados exteriores al Cantón

En el puesto cantonal de Monción, día primero de julio del año mil novecientos siete; año sesenta y cuatro de la Independencia y cuarenta y cuatro de la Restauración. Antes nosotros, Alcalde Constitucional, nombrado y debidamente juramentado para este Cantón, con mi domicilio y residencia en este pueblo, casa número (…), siendo asistido del secretario Manuel Brito y en audiencia pública , compareció a esta Alcaldía un ciudadano, el cual ha sido ordenado por el jefe cantonal de plaza para que sea interrogado sobre un asunto que pasó el día dieciséis de junio próximo pasado en el establecimiento del señor Eliseo Valle, vecino de este Cantón, el que ha sido interrogado al tenor siguiente:
P. ¿Jura usted decirnos la verdad de todo lo que supieres y le fuese preguntado?
R. Que como cristiano católico jura decir la verdad de lo que sabe.
P. Díganos usted su nombre, empleo, profesión, edad, estado civil y domicilio.
R. Que se llamaba Tomás Genao, inspector de los poblados exteriores del Cantón, de treinta años de edad, de profesión agricultor, estado civil casado y viviente en el lugar nombrado Los Botoncillos.
P. Díganos usted lo que llega a su conocimiento de una herida que recibió el señor Gregorio Disla el domingo, fecha dieciséis del mes próximo pasado. Díganos quién le causó la herida y qué motivo hubo para ello. Como también ante todo nos dirá si existe algún parentesco entre usted y el señor Disla.
R. Que no tiene parentesco alguno en grado conocido porque son familia de diversas líneas y que cuanto sabe del asunto que cuanto sabe del asunto que se le pregunta es los siguiente:
Que encontrándose ese día en el establecimiento del señor Eliseo Valle donde habían varios individuos más, vio entrar al comisario de policía que se dirigió al señor Gregorio Disla y le habló, lo que no supo que le habló y seguido se retiró al comisario quedando allí el señor Disla, y que muy pronto volvió el comisario volviendo a dirigirse al mismo señor Disla, diciéndole que fuera para la comandancia en calidad de preso, a lo que Disla le contestó que por qué le ponían preso, y volvió a decirle el comisario que iba preso, quitándole enseguida un cuchillo que llevaba en la cintura y echándole el brazo en además que caminara, y en esto llegó el jefe cantonal quitándole un collin que también llevaba ceñido en la cintura y le dio un planazo por la espalda al señor Disla, resultando de ahí una lucha entre el comisario, el jefe, el señor Disla y un agente de policía que llegó en la actualidad, resultando herido el señor Disla.
P. ¿Y no sabe usted quién fue el autor de la herida?
R. Que no vio quién lo hirió, que solo vio que el agente de policía agarró al señor Disla por la garganta y que vio cuando levantaron una carabina con la que supone que fue dado el golpe; pero no puede decir quién fue el autor porque no lo vio.
P. Díganos usted si el señor Disla desatendió alguna orden del comisario o alguna otra autoridad.
R. Que no sabe, que solo puede decir que el comisario le habló pero no supo lo que le dijo y que cuando volvió fue a conducirlo preso.
P. ¿No tiene usted más nada que exponer a su interrogatorio?
R. Que era todo.
En fe de lo cual levantamos el presente acto que leído al exponente y hablado correcto fue requerido a firmar y lo hizo junto con nosotros Juez y Secretario que certifica.

Interrogatorio al testigo Alejo Torres

Inmediatamente compareció otro señor el que fue interrogado sobre el mismo que encabeza este procedimiento que se hizo al tenor siguiente:
P. ¿Jura usted decirnos la verdad de todo lo que supieres y le fuese preguntado?
R. Que jura decir la verdad de lo que sabe.
P. Díganos usted su nombre, empleo, profesión, edad, estado civil y domicilio.
R. Dijo llamarse Alejo Torres, mayor de edad, de profesión agricultor, de este domicilio y residencia, de estado civil viudo y que no es pariente, aliada no asalariado de ninguna de las partes que se pregunta.
P. Qué conocimiento tiene usted que pueda declararnos con respecto a un golpe o herida causada al señor Gregorio Disla; díganos cuanto usted sepa.

R. Que encontrándose en el establecimiento del señor Eliseo Valle sentado en una silla el día dieciséis de junio del mes próximo pasado, en donde habían varios señores más, y entre ellos se encontraba el señor Gregorio Disla, alias Gollito y que estando allí vio llegar al comisario militar y le dijo al señor Disla que decía el jefe cantonal que pasara a la comandancia a lo que contestó referido Disla: dígale que ahorita voy para allá, retirándose el comisario de allí y que muy pronto volvió y desde afuera le llamó y le habló otra vez, no sabiendo lo que en esta segunda vez le dijo; volviendo por tercera vez el comisario y entrando al establecimiento le echa el brazo a Disla y le dice: usted va preso, quitándose un cuchillo de la cintura, preguntando entonces que por qué le ponía preso y contestó el comisario: yo no sé, el jefe me lo ordena así, repitiéndole: camine para la comandancia y volvía Disla a pregunta el porqué y en lo que discutía queriendo saber la causa de su prisión, llegó el jefe cantonal que fijándose en un collin que Disla llevaba ceñido en la cintura, se lo sacó de la vaina y le dijo: camine que usted va preso y vuelve Disla a preguntar que por qué razón y entonces el jefe le dijo: usted va porque va y al mismo tiempo le dio un planazo con el mismo collin que le había quitado de la cintura y acometiendo a darle otro el declarante le agarró queriendo evitar que volviera a darle, como en efecto que durante le tenía cogido le tiró otro planazo, pero no pudo alcanzar a darle más que uno con la punta del collin, y mientras acontecía todo esto, entró un agente de policía con una carabina y dirigiéndose al señor Disla que luchaba con el comisario le dio con ella en la cabeza, causándole una herida, llegando enseguida y abrazándose del jefe que luchaba por soltarse del declarante que le tenía agarrado, le dijo: Panchito ya el hombre está preso y entonces el jefe no hizo más nada y Disla fue conducido a la cárcel inmediatamente.
P. Díganos usted si el señor Disla acometió a sus armas para el comisario o para el jefe cantonal.
R. Que no, que verdaderamente después que le dieron el planazo hizo por quitarle el bastón al comisario, pero a sus armas no acometió, que le fueron quitadas de la cintura.
P. ¿No tiene usted más nada que exponer a su interrogatorio?
R. Que era todo.
En fe de lo cual levantamos el presente acto que leído al exponente y hablado correcto fue requerido a firmar y lo hizo junto con nosotros Juez y Secretario que certifica.

Interrogatorio a Avelino Durán, alcalde pedáneo de Bulla

Por ante nosotros Ciríaco Peralta, Alcalde Constitucional, y asistido del secretario Manuel Brito, compareció otro ciudadano para ser interrogado sobre el mismo asunto y fue hecho del modo siguiente:
P. Díganos usted su nombre, empleo, profesión, edad, estado civil y domicilio.
R. Dijo llamarse Avelino Durán, alcalde pedáneo de la sección de Bulla, mayor de edad, de profesión agricultor de este domicilio, de estado civil viudo.
P. Díganos si es pariente, aliado o asalariado de los señores Gregorio Disla y Francisco Morillo, jefe de esta plaza.
R. Que no es pariente, aliado o asalariado de ninguno de ellos.
P. Díganos qué conocimiento tiene usted de un golpe o herida que recibió el señor Disla el día dieciséis del mes próximo, en el establecimiento del señor Eliseo Valle.
R. Que estando en el establecimiento del señor Valle llegó el Comisario y dirigiéndose al señor Disla le ordenó por orden del jefe cantonal que pasara la a la Comandancia y el señor Disla le dijo que le esperara un poquito por estar tratando de la venta de un tabaco con el señor Eliseo Valle, trato que lo estaban haciendo el señor Disla y otro señor nombrado Pedro Durán con el señor Valle y el Comisario se retiró, pero muy pronto lo llama otra vez desde la Comandancia que fuera allá; y el referido Disla le indicó con la mano diciéndole que esperara algo más y seguido fue el Comisario otra vez a la casa del establecimiento y quitándole un cuchillo de la cintura le dijo: usted va preso y volvía repetirle el Comisario que iba preso y mientras se empeñaba porque le dijera la causa porque le ponían preso llegó el jefe cantonal que a la vez le quitó un collin que llevaba ceñido en la cintura, diciéndole que caminara que iba preso y como Disla continuaba preguntando que le dijeran por qué iba preso el Jefe cantonal con el mimo collin que lo había sacado de la vaina le dio un planazo y entonces le dijo Disla, qué es eso e hizo esfuerzos por quitarle el bastón que llevaba el Comisario lo que no pudo conseguir y seguían luchando entre ambos; y a esto que iba dando un mal carácter al asunto, un señor que allí había llamado Alejo Torres agarró al Jefe cantonal mientras el Comisario continuaba luchando con el señor Disla y lo había conducido a un rincón llegando a este tiempo un agente de policía con una carabina que alzándola en alto dio con ella en la cabeza al señor Disla, resultando herido y de ahí fue conducido a la cárcel.
P. No vio usted si ese señor Disla acometió por alguna arma para el Comisario cuando fue a ponerle preso.
R. Que no, que un cuchillo que tenía se lo quitó el Comisario de la cintura y el collin se lo quitó el Jefe Comunal de la cintura sin haber acometido a ninguno de ellos.
P. ¿Y no conoce usted por qué causa llamaba el Comisario a Disla por orden del jefe de la plaza?
R. No supo porque lo requería el Jefe.
P. ¿No tiene usted otra cosa más que pueda declararnos?
R. Que, que lo dicho es todo cuanto sabe en ese asunto.
P. ¿Sabe firmar?
R. Que no.
De todo lo que se levantó el presente acto que leído al interrogado declaró estar conforme y que firmamos Juez y Secretario que da fe en el mismo día, mes y año arriba expresado.

IV
Sentencia de la Cámara de Calificación
En nombre de la República la Cámara de Calificación del Distrito Judicial de Montecristi, competentemente compuesta de los Magistrados Felipe A. Viñas, Juez de Instrucción, Miguel A. Nouel, Juez Alcalde Constitucional y Justiniano de Js. Tavárez, Oficial del Estado Civil, asistidos del infrascrito Secretario ha rendido el auto siguiente.
Vistas y examinado las piezas declara que existen cargos suficientes para prevenir a Morillo y Castillo del delito ya enunciado y en consecuencia:
Manda y ordena que Francisco Morillo y Manuel de Js. Castillo, cuyas generales constan, sean enviados al Tribunal Correccional para que allí se juzgue con arreglo a la ley.
En nuestro despacho, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos siete.

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