Publicación de Rafael Darío Herrera
“En el lugar de El Hatico de la común de Mao, hoy día veintisiete de diciembre de mil novecientos diecinueve, siendo las siete de la noche, por ante mi Rafael Ventura, Oficial del Estado Civil de este común, encontrándome en la casa del señor Estanislao Reyes, de 75 años de edad, dominicano, agricultor, natural, domiciliado y residente en este mismo lugar, donde ocurrió su nacimiento, según su propia declaración, siendo mayor de edad, hijo legítimo de Tomás Reyes y Socorro García, ambos difuntos; y la señora Altagracia Aranda, de 74 años, dominicana, ocupada en los oficios domésticos, natural, domiciliada y residente en este mismo lugar, donde ocurrió su nacimiento según su propia declaración, siendo mayor de edad, hija legítima de José Estanislao Aranda y María Josefa Cabral, ambos difuntos; dichos comparecientes Estanislao Reyes y Altagracia Aranda me han requerido para proceder a la celebración del contrato de matrimonio proyectado entre ellos según acta de promesa pasada ante mi en fecha catorce del presente mes, de la cual, así como de su extracto y de los correspondientes edicto, he dado lectura a los contrayentes en presencia de todos los asistentes a este acto.
Don Estanislao Reyes García, tronco de una de las familias
más influyentes en la vida de la ciudad de Mao