domingo, 27 de diciembre de 2015

Acta de matrimonio entre Estanislao Reyes García y Altagracia Aranda Cabral

Publicación de Rafael Darío Herrera


“En el lugar de El Hatico de la común de Mao, hoy día veintisiete de diciembre de mil novecientos diecinueve, siendo las siete de la noche, por ante mi Rafael Ventura, Oficial del Estado Civil de este común, encontrándome en la casa del señor Estanislao Reyes, de 75 años de edad, dominicano, agricultor, natural, domiciliado y residente en este mismo lugar, donde ocurrió su nacimiento, según su propia declaración, siendo mayor de edad, hijo legítimo de Tomás Reyes y Socorro García, ambos difuntos; y la señora Altagracia Aranda, de 74 años, dominicana, ocupada en los oficios domésticos, natural, domiciliada y residente en este mismo lugar, donde ocurrió su nacimiento según su propia declaración, siendo mayor de edad, hija legítima de José Estanislao Aranda y María Josefa Cabral, ambos difuntos; dichos comparecientes Estanislao Reyes y Altagracia Aranda me han requerido para proceder a la celebración del contrato de matrimonio proyectado entre ellos según acta de promesa pasada ante mi en fecha catorce del presente mes, de la cual, así como de su extracto y de los correspondientes edicto, he dado lectura a los contrayentes en presencia de todos los asistentes a este acto.
Don Estanislao Reyes García, tronco de una de las familias 
más influyentes en la vida de la ciudad de Mao

Habiéndome declarado que no existía entre ellos ningún parentesco y no habiéndose presentado oposición a este matrimonio, intimé no solo a los esposos sino también a todos las personas que autorizan este acto a que manifestaran si se había pasado algún contrato de matrimonio entre los contrayentes y contestado negativamente le di lectura al capítulo 6º del Código Civil que trata de los deberes y derechos de los esposos. En seguida obtuve la declaración del señor Estanislao Reyes de que recibe a la señora Altagracia Aranda como legítima esposa y de la señora Altagracia Aranda de que recibe al señor Estanislao Reyes como legítimo esposo.

En consecuencia yo, Oficial del Estado Civil de esta Común, declaro solemnemente en nombre de la ley que los señores Estanislao Reyes y Altagracia Aranda están unido en legítimo matrimonio civil. Seguidamente, los contrayentes han declarado que reconocen y legitiman por el presente acto a los hijos que tienen procreados y que son los que a continuación se mencionan: Elisa, Rafael, Tobías, Juan de Jesús, Juan Antonio, Emilio y José Ismael, los cuales en lo sucesivo llevarán su apellido y gozarán de los derechos y beneficios de los hijos legítimos. Por carecer de padres y abuelos, contando ya con 75 y 74 años de edad respectivamente, los contrayentes celebran este matrimonio por su libre voluntad y propio consentimiento.

De todo lo cual he levantado la presente acta, hecha y pronunciada públicamente en la casa morada del señor Estanislao Reyes ya expresada en presencia de los señores Justiniano Reyes, de 43 años de edad, agricultor, pariente en cuatro grado; José Espinal, de 37 años, comerciante; Santiago Espaillat hijo, de 29 años, comerciante; Agustín Urbano Tineo, de 24 años, sombrerero, pariente en cuarto grado de los contrayentes, todos dominicanos, con su domicilio y residencia en el pueblo de Mao, testigos escogidos por las partes quienes firman con los testigos después de la lectura de la presente acto por ante, certifico”.

Rafael Ventura (Firmado).

En el acta de matrimonio no se declaran todos los hijos de la pareja. Estos fueron:
I- Elisa Victoria Reyes Aranda, n. 6 de junio de 1868 y f. 11 de junio de 1962 en Puerto Plata.
II- Ercilia Reyes Aranda, n. 10 de septiembre de 1874 y f. en 1875 en Mao).
III- Juan Antonio Reyes Aranda, n. 22 de marzo de 1877 y f. 16 de diciembre 1949.
IV- Rafael Tobías Reyes Aranda, n. 1876 y f. 16 de diciembre de 1949 en Mao).
V- Adriana Reyes Aranda, n. 1º de mayo de 1879 y f. en Mao).
VI- Juan de Jesús Reyes Aranda, n. 6 de mayo de 1872 y f. 6 de julio de 1962).
VII- Emilio Antonio Reyes Aranda, n. 15 de septiembre de 1880 y f. 10 de junio de 1964).
VIII- José Ismael Reyes Aranda, n. 14 de agosto de 1883 y f. 24 de mayo de 1966.

Nota: Se debe aclarar que Estanislao Reyes Garcia NO FUE DIPUTADO ante el congreso Nacional. Véase a José Chez Checo y Mu-kien Adriana Sang, Historia de la Cámara de diputados, 1844-1978, T. I, Santo Domingo, 2010.

Otra aclaración: En el acta se consigna que don Estanislao nació en Mao, no en Moca como se ha dicho.

2 comentarios:


  1. He descubierto que mi bisabuela (Altagracia Reyes Fermin, hija de Jose Ismael Reyes Aranda y Julia Ernestina Fermin) era la nieta de Estanislao García Reyes. Me gustaría saber cómo se encuentra esta información en este blog o si tiene copias de los documentos que ha transcrito aquí. Muchas gracias por todo su trabajo en la preservación de la historia de Mao y sus familias!! Si usted tiene más información puede escribir me aquí: nadspena@yahoo.com

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  2. Mi tatara-tatarabuelo! A mucha honra. Una pregunta al historiador Rafael Dario Herrera: que vinculo sanguíneo existe entre Estanislao Reyes y el prócer Fernando Valerio, si acaso alguno?

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